La USCO nuevamente en el tintero de la Procuraduría por incumplimiento de la ley de cuotas
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Ante la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, Nidia Guzmán docente y candidata a la Rectoría de la Universidad Surcolombiana, interpuso Reclamación de Cumplimiento del Deber Legal, por la omisión de la Ley de Cuotas (581 del 2000.), por parte de esta casa de estudios.
El escrito de reclamación, del que fue notificado el Rector (e) de la USCO, Hernando Gil Tovar, significativamente expone la solicitud inmediata del nombramiento de mínimo una mujer en algunos de los cargos de las Vicerrectorías. Esto, sustentado en dar cumplimiento a la norma constitucional que reconoce y pone de presente la necesidad de tomar decisiones con el objetivo de garantizar la igualdad real de las mujeres en el acceso a los altos niveles decisorios de la administración pública.
Además, dicha Ley Estatutaria en su artículo 4 dispone que, para su cumplimiento, entre tantos, los entes universitarios de Orden Nacional deberán garantizar que, mínimo, el treinta por ciento (30%) de los cargos de máximo nivel decisorio serán desempeñados por mujeres. Reglamentación, que, según la denuncia a nombre de Nidia Guzmán, está siendo quebrantada por la USCO, puesto que las tres Vicerrectorías están siendo ordenadas por hombres (Julio Jaime Salas, Vicerrector Académico- Juan Camilo Ramírez García, Vicerrector Administrativo -Alexander Quintero Bonilla, Vicerrector de Investigación y Proyección Social).
Conforme a la acusación, la atención se centra en dichos cargos, luego de determinar normativamente, que para el caso específico de la Universidad Surcolombiana los puesto que obedecen a la categoría de Máximo nivel decisorio ,, están establecidos en su Estatuto General, en donde se apunta que las Vicerrectorías conforma la Jerarquía en la Dirección Institucional.
Así mismo, se manifiesta que en el Estatuto Macro de la Institución se establece que el personal de las Vicerrectorías es designado por el Rector y deben cumplir requisitos especiales, lo que sustenta que son cargos de categoría de Máximo nivel decisorio , y de libre nombramiento y remoción.
Cumplimiento inmediato de la norma
Por todo lo anterior, Nidia Guzmán, docente y candidata a la Rectoría de la USCO, requirió a la institución y a los entes de control estar al tanto del cumplimiento de la norma que los rigen y de tal manera le dé cabal cumplimiento a la Ley 581 de 2000.
De tal manera, insistió que de manera inmediata se nombre mínimo una mujer en alguno de los tres cargos de VICERRECTOR DE UNIVERSIDAD, para de esta forma dar cumplimiento con la cuota específica de mujeres descrita en los artículos 1, 2 y el literal a) del artículo 4 de la Ley 581 de 2000 y del precedente constitucional de la Corte Constitucional.
En consecuencia, Guzmán, expresó que, de no cumplirse con lo solicitado en un periodo de 10 días hábiles luego del recibo del documento, procederá con la interposición de una demanda en razón de los intereses públicos o sociales, para poner en movimiento la actividad jurisdiccional del Estado - Acción Constitucional de Cumplimiento -.
Finalmente, se espera la respuesta por parte de la Universidad Surcolombiana y la acción de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, ante la alerta interpuesta por Nidia Guzmán.
