Establecimientos financieros de Colombia, a cambiar de divisas

Jorge Camilo Puentes

Establecimientos financieros de Colombia, a cambiar de divisas

Esta medida hace parte de una nueva normativa financiera que busca mejorar el acceso al efectivo en el país.

El Banco de la República anunció que, desde el 22 de marzo los establecimientos de crédito en Colombia, incluyendo bancos y cooperativas, estarán obligados a realizar el cambio y la provisión de billetes de baja denominación y monedas metálicas a sus clientes.


Esta medida hace parte de una nueva normativa financiera que busca mejorar el acceso al efectivo en el país.


De acuerdo con la Resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024, las entidades financieras deberán ofrecer este servicio en todas sus ventanillas de atención al público. Además, podrán disponer de otros canales, como cajeros automáticos y receptores electrónicos, para facilitar la provisión y el cambio de efectivo.


Cada entidad tendrá la posibilidad de establecer montos máximos por transacción, según sus políticas internas, con el fin de garantizar una gestión eficiente del efectivo y minimizar riesgos operacionales. No obstante, podrán ofrecer el servicio sin límites en municipios donde su nivel de presencialidad lo permita.


El Banco de la República enfatizó que este servicio será gratuito y beneficiará a los clientes del sistema financiero colombiano. Se recomienda a los usuarios consultar con su entidad bancaria los términos específicos de esta nueva disposición.

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