El secretario de hacienda y la alcaldía de Neiva, perdieron batalla jurídica ante concejo de estado
<p>El Consejo de Estado reunido en Sala Plena declaró la improcedencia de una tutela de la Alcaldía de Neiva para aumentar los ajustes al impuesto predial. ,</p>
No obstante, la administración intenta tramitarlos en otro proyecto antes de terminar el actual mandato eso significa cobrar la tarifa máxima a los neivanos. No se logró cambiar la objeción que le hizo la Gobernación por haber sido expedidos vulnerando el principio de legalidad tributaria y por ende la Alcaldía de Neiva perdió la última batalla que tenía para revalidar los derogados ajustes al impuesto predial, es un fallo de única instancia, no han respetado este e intentaron un incidente de nulidad que tampoco prosperó.
En el tiempo cronológico, El 18 de mayo, el Tribunal Administrativo del Huila negó la solicitud de nulidad, argumentando que las pruebas allegas por el municipio no fueron suficientes para invalidar la iniciativa. Pero, adicionalmente, estimó que el Acuerdo 016 de 2022 ?fue expedido contrariando el ordenamiento jurídico legal para la definición de las tarifas del impuesto predial unificado y del impuesto de industria y comercio para las actividades del sector financiero?.
Al haber abortado el incidente, el jurídico de Gorky y el secretario de hacienda el sr. Jaime Ramírez Plazas en cabeza del sr. Carlos Gutiérrez recurrió a la tutela. El recurso de amparo que le correspondió a la Sala de lo Contencioso Administrativo. Fue admitida el 14 de julio pasado y fallada negativamente el 15 de agosto dejando en firme la invalidez de la reforma. Para completar, la Sala Plena, revocó el jueves pasado la tutela, pero declaró la improcedencia, reiterando, de todas maneras, el naufragio, esto significa la devolución de dineros por parte de la entidad municipal a favor de nosotros los contribuyentes en el próximo pago predial o la devolución de este dinero, El lio grande para estos personajes que por esos manejos de la administración quisieron pasar por encima de la ley y de muchas situaciones que afectan a los contribuyente y en general a los neivanos.
La normatividad vigente sobre esta materia establece que las tarifas del impuesto predial deben ser establecidas mediante acuerdo por los concejos municipales dentro de los rangos que fija la ley (no por el Gobierno Nacional como equivocadamente lo informaron los grandes medios de comunicación, sin ningún fundamento).
Estas tarifas por mandato constitucional deben establecerlas los municipios por iniciativa del alcalde, pero, de manera diferencial y progresiva teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la estratificación socioeconómica, usos del suelo en sector urbano, antigüedad de la formación o actualización catastral, rangos de área y avalúos catastrales y no a rajatablas.
Bajo este contexto, los magistrados reiteraron que el Concejo de Neiva omitió la fijación de las tarifas del impuesto predial para predios urbanos de uso habitacional o rural con destino económico agropecuario estratos 1, 2 y 3, cuyo avalúo catastral sea inferior a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, como quiera que la regulación la efectuó de manera general y con la tarifa general.
No obstante, el equipo jurídico de la administración municipal impugnó de nuevo, esperando un ?salvavidas? que nunca llego y siguieron insistiendo en ese tema ya fallado y la apelación fue admitida a finales de octubre. Contrario a lo que esperaban, el jueves 9 de noviembre, esta posibilidad volvió a naufragar y fueron derrotados otra vez.
La Sala Plena del Consejo de Estado revocó la sentencia negativa que había sido impugnada oportunamente por el abogado Carlos Enrique Gutiérrez apoderado de la administración municipal.
El funcionario demandó del alto tribunal la protección del debido proceso y la garantía constitucional de contradicción. En concreto, solicitó la revocatoria del fallo proferido el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo del Huila. La decisión, fue adversa.
Con ponencia del magistrado Wilson Ramos Girón, los 31 magistrados del alto tribunal reunidos en Sala Plena, revocaron el fallo de tutela y en su defecto, declararon la improcedencia.
Además, dispuso la remisión del expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. El fallo fue notificado en las próximas horas a la administración municipal, otra batalla perdida para esta administración y en general para Ramírez Plazas que ve las leyes de otra manera.