Creación del Instituto Nacional de Donación de Órganos, un avance fundamental en el fortalecimiento del sistema de salud y la generosidad ciudadana

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Creación del Instituto Nacional de Donación de Órganos, un avance fundamental en el fortalecimiento del sistema de salud y la generosidad ciudadana

<p>En el transcurso del año 2023, se evidenció un incremento significativo en la cantidad de donantes de órganos a nivel nacional, una noticia que fue recibida con entusiasmo por el Gobierno y el Ministerio de Salud. En correspondencia con estas cifras alentadoras, se promulgó el Decreto 0076 de 2024, que allana el camino para la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (Indtot). Este instituto, concebido con el propósito de salvar vidas, marca un paso crucial en el fortalecimiento del sistema&nbsp,de&nbsp,salud.</p>

El 30 de enero de 2024, el Gobierno Nacional promulgó el decreto 0076, el cual establece las normativas para la fundación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (Indtot). Este acto oficial fue respaldado por la firma de los ministros de Hacienda, Ricardo Bonilla, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y el director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique.

 

Para iniciar las operaciones del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (Indtot), es necesario colaborar con el Instituto Nacional de Salud (INS) en la implementación de acciones de transición y ajustes institucionales. Esto se lleva a cabo con el objetivo de evitar cualquier repercusión en la funcionalidad del sistema de donación y trasplantes.

 

Además, como parte de esta transición, se llevará a cabo la adopción de la planta de personal del Indtot. Esto implica considerar los empleos que actualmente pertenecen al Instituto Nacional de Salud y que están encargados de actividades asociadas a las funciones que serán transferidas al Indtot. Se priorizará aquellos empleados del INS que tengan derechos de carrera y estén directamente involucrados en las áreas que pasarán al nuevo Instituto.

 

Es fundamental recordar que en Colombia, se asume que cada individuo es un potencial donante de órganos, salvo que haya indicado su negativa en vida. En otras palabras, todos los ciudadanos tienen el derecho de oponerse a que, tras su deceso, se proceda a la extracción de sus órganos, tejidos o componentes anatómicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1805 de 2016.

 

Finalmente, esta entidad se sostendrá financieramente a través de recursos que provengan del marco fiscal de mediano plazo y el marco de gasto de mediano plazo del sector salud, recursos que reciba de donaciones, asignaciones de entidades gubernamentales y a fines.

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