Condenan al estado por las ??Chuzadas?? del DAS

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Condenan al estado por las ??Chuzadas?? del DAS

En la capital del Huila específicamente en el barrio Las Acacias 2 se registró un trágico incidente que culminó con la muerte de un joven Según los informes preliminares este lamentable suceso ocurrió cuando un delincuente intentó cometer un hurto a dos ciudadanos que se disponían a descender de un taxi en la mencionada zona

Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la nación por las chuzadas de las que fueron víctimas magistrados de la Corte Suprema de Justicia por parte del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).



El caso se remonta a las interceptaciones ilegales que en 2007 y 2009 realizaron funcionarios del DAS a sesiones de la sala plena de la Corte Suprema, en las que recolectaron información de los magistrados María del Rosario González y Yesid Ramirez Bastidas.



En la decisión se resuelven demandas de reparación que habían interpuesto los exmagistrados.



En el recurso de Ramírez se cuestionaba que los funcionarios del DAS, sin orden judicial ni procedimiento reglado solicitaron información financiera, interceptaron comunicaciones privadas e hicieron seguimientos con el propósito de desprestigiar a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia ,. Luego, filtraron información falsa a los medios de comunicación.



En 2014 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió parcialmente a la demanda y condenó al DAS por daños morales, y condenó al exdirector de inteligencia del DAS, Fernando Alonso Tabares Molina, y al exsubdirector de contrainteligencia, Jorge Alberto Lagos León, a pagar al DAS las sumas de la condena, considerando que actuaron con dolo. Ambos apelaron la sentencia.



Por su parte, el Consejo de Estado también estudió la demanda de la exmagistrada González, quien argumentó que entre 2007 y 2009 sufrió hostigamientos, amenazas e interceptaciones ilegales por parte del DAS. En su caso, el Tribunal de Cundinamarca negó las pretensiones de su demanda, considerando que no se probó el daño del DAS. Ella apeló la sentencia.



Tras analizar las evidencias, la Sección Tercera encontró probado que los exfuncionarios del DAS Tabares Molina y Lagos León recaudaron información del magistrado Ramírez Bastidas y otras personas.



Según lo probado, funcionarios del DAS, en ejercicio de sus funciones de inteligencia del Estado y en provecho de sus cargos y del acceso que tenían a todos los documentos y bases de datos de la Administración, interceptaron sesiones -que no eran públicas- de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, obtuvieron información reservada de procesos penales de trascendencia nacional, recolectaron información de los magistrados de la Sala de Casación Penal y, de forma irregular, la dieron a conocer a los medios de comunicación ,, dice el Consejo de Estado.



Se añade que con este comportamiento desconocieron la naturaleza, finalidad y funciones del DAS, pues sus actividades no pretendían lograr el bienestar de la sociedad, garantizar la seguridad del Estado, ni mantener el régimen democrático ,.



No obstante, el alto tribunal consideró que no hubo violación del derecho fundamental a la intimidad personal de los magistrados porque no existió, según las pruebas, interceptación de líneas telefónicas personales o de correos electrónicos, ni seguimientos individuales a los magistrados.


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