Cambio en la PILA desde septiembre: así pagarán su seguridad social los trabajadores independientes

Sebastian Rodriguez

Cambio en la PILA desde septiembre: así pagarán su seguridad social los trabajadores independientes

Desde el 1 de septiembre, los trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo pagarán su seguridad social por días efectivamente laborados, tras la expedición de la Resolución 001529 del 24 de julio de 2026, que los separa de forma definitiva de los trabajadores dependientes de tiempo parcial en la PILA.

El Gobierno Nacional modificó las reglas de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) mediante la Resolución 001529 del 24 de julio de 2026, con un cambio que entrará en vigencia el 1 de septiembre y que separa de forma definitiva a los trabajadores independientes de los dependientes de tiempo parcial.


La norma crea un nuevo tipo de cotizante, identificado como "76 – Trabajador de tiempo parcial Independiente", diseñado para que los trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente puedan pagar sus aportes por periodos inferiores a un mes.


El cambio responde a la reforma laboral, Ley 2466 de 2025. Anteriormente, la Resolución 2064 de 2025 había modificado el tipo de cotizante "51-Trabajador de tiempo parcial", pero el Ministerio de Salud y Protección Social determinó que ese código quede reservado únicamente para trabajadores dependientes.


Con el nuevo tipo de cotizante, los independientes podrán aportar a pensión y riesgos laborales según los días efectivamente laborados en el mes:



  • De 1 a 7 días: cotización sobre 1/4 de un salario mínimo.

  • De 8 a 14 días: cotización sobre 2/4 de un salario mínimo.

  • De 15 a 21 días: cotización sobre 3/4 de un salario mínimo.

  • De 22 a 30 días: cotización sobre 1 salario mínimo.


En salud, los independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo podrán ingresar al régimen subsidiado sin obligación de cotizar al régimen contributivo. El aporte a las cajas de compensación familiar será voluntario, con tarifas opcionales del 0,6% o el 2%.


La resolución introduce además otros dos ajustes. Por un lado, permite que personas vinculadas laboralmente y que pertenecen a poblaciones en pobreza extrema, moderada o vulnerabilidad permanezcan hasta seis meses en el régimen subsidiado de salud sin perder las prestaciones del régimen contributivo. Por otro, en desarrollo del Decreto 271 de 2026, que creó la Red de Protección Social para la Vida de los recicladores de oficio, se habilita un tipo de aportante y de cotizante para que las organizaciones de recicladores afilien y paguen los riesgos laborales de sus asociados sobre la base de un salario mínimo mensual.

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