Aumento de matriculas en colegios privados para el año entrante
A través de la Resolución 16763 de 2024, el Ministerio de Educación Nacional estableció los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar los establecimientos educativos privados para el próximo año.
El Ministerio de Educación Nacional emitió la Resolución 16763 del 30 de septiembre de 2024, estableciendo los incrementos en matrículas y pensiones de los colegios privados para el año escolar 2025. Estos incrementos estarán basados en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que se ubicó en 6.12% con corte a agosto de 2024.
Adicionalmente, cada institución educativa podrá aplicar puntos porcentuales adicionales dependiendo de su clasificación institucional y otras variables como el índice de permanencia y la implementación de estrategias de educación inclusiva. Los colegios que cumplan con los requisitos podrían incrementar hasta un 9.27%, mientras que los que no, solo podrán aumentar hasta un 6.28%.
Las entidades territoriales certificadas serán las encargadas de aprobar los aumentos antes de que los colegios inicien su proceso de matrícula, y los padres de familia deberán verificar que estos incrementos cumplan con las normativas establecidas.
El Ministerio también permite que los colegios privados ofrezcan descuentos a las familias, siempre y cuando estos sean registrados en los contratos de matrícula y en los estados financieros del colegio.
Por último, se aclara que los colegios no podrán restringir el acceso a materiales educativos o exigir marcas específicas de útiles o uniformes, promoviendo la libre elección de proveedores por parte de los padres.
Adicionalmente, cada institución educativa podrá aplicar puntos porcentuales adicionales dependiendo de su clasificación institucional y otras variables como el índice de permanencia y la implementación de estrategias de educación inclusiva. Los colegios que cumplan con los requisitos podrían incrementar hasta un 9.27%, mientras que los que no, solo podrán aumentar hasta un 6.28%.
Las entidades territoriales certificadas serán las encargadas de aprobar los aumentos antes de que los colegios inicien su proceso de matrícula, y los padres de familia deberán verificar que estos incrementos cumplan con las normativas establecidas.
El Ministerio también permite que los colegios privados ofrezcan descuentos a las familias, siempre y cuando estos sean registrados en los contratos de matrícula y en los estados financieros del colegio.
Por último, se aclara que los colegios no podrán restringir el acceso a materiales educativos o exigir marcas específicas de útiles o uniformes, promoviendo la libre elección de proveedores por parte de los padres.